¿Cómo se traduce al inglés un registro civil de nacimiento colombiano para USCIS?
USCIS pide una traducción completa al inglés del registro civil de nacimiento colombiano, con la certificación firmada del traductor. Lo traducimos entero, sea una copia del folio certificada por la oficina que guarda el registro o una copia digital de la Registraduría: el serial y el NUIP, los padres y sus documentos de identidad, los testigos, las notas, los adhesivos y la apostilla. Un registro civil suele ocupar una página: $25, listo en 24 horas después del pago.
La copia del folio y la copia digital
En Colombia, el certificado de nacimiento es una copia de la página del registro donde se inscribió el nacimiento, la copia del folio. No tiene elementos de seguridad: se imprime en papel blanco común y la certifica la oficina que guarda el registro, con una firma original sobre un sello húmedo o un adhesivo, o con un adhesivo de seguridad con código de barras en lugar de la firma. La copia del folio trae los nombres y los documentos de identidad de los padres, el lugar de nacimiento, la fecha de inscripción, los testigos y las notas sobre matrimonios y divorcios. Un consulado de EE. UU. no acepta los certificados resumidos (Departamento de Estado de EE. UU. (se abre en una pestaña nueva)).
La Registraduría también expide copias digitales. Llevan un código QR, valen tres meses desde la fecha de expedición y no tienen apartado de notas. Por lo general se aceptan, pero un consulado puede pedir una copia certificada en papel (travel.state.gov (se abre en una pestaña nueva)).
Dónde se guarda el original
Un nacimiento se puede inscribir en un hospital, una clínica, cualquier oficina de la Registraduría, un consulado u otra oficina autorizada para llevar el registro civil, sin importar dónde nació la persona (Registraduría (se abre en una pestaña nueva)). Con la inscripción, el niño o la niña recibe un nombre y el NUIP, su número único de identificación personal (Registraduría (se abre en una pestaña nueva)). El original queda en la oficina de registro civil donde se hizo la primera inscripción (travel.state.gov (se abre en una pestaña nueva)). Los registros que se llevan por tomo y folio solo se consultan en la oficina donde se inscribieron; para pedir una copia hay que dar el tomo, el folio, el serial y la fecha de inscripción (Registraduría, copias (se abre en una pestaña nueva)).
Correcciones y notas
Un error de ortografía o de digitación se corrige con una solicitud escrita, un cambio de nombre con una escritura pública, y algunos cambios con una sentencia judicial (Registraduría (se abre en una pestaña nueva)). En el registro de nacimiento también se anotan los reconocimientos de hijos, las legitimaciones, las adopciones y los cambios de patria potestad (travel.state.gov (se abre en una pestaña nueva)). Traducimos cada nota con el número de la escritura o de la sentencia, la oficina que la otorgó y la fecha.
Copias y apostilla desde EE. UU.
Desde el exterior, la copia se pide y se paga en un consulado de Colombia (Registraduría, copias (se abre en una pestaña nueva)). La apostilla la expide en línea el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si el registro lo guarda una oficina de la Registraduría, primero se pide en línea a la Registraduría que certifique la firma del registrador, con un escaneo de las dos caras de una copia de no más de 90 días; la respuesta llega en un plazo de 15 días hábiles (guía de la Cancillería (se abre en una pestaña nueva)).
Si escanea un registro en papel, incluya el reverso, aunque esté en blanco (travel.state.gov (se abre en una pestaña nueva)).
Dónde se presenta la traducción
- USCIS: la traducción y la certificación se presentan junto con una copia del registro civil (8 CFR 103.2(b)(3) (se abre en una pestaña nueva)). Qué acepta USCIS
- NVC y consulados de EE. UU.: el Departamento de Estado no pide traducción de un documento en español si usted solicita la visa en Colombia o en otro país donde el español es idioma oficial. Qué acepta NVC
- Tribunal de inmigración: una certificación mecanografiada con la dirección y el teléfono del traductor. Qué acepta el tribunal
Los documentos en español los traduce y certifica un traductor nativo de español. Qué presentar en su caso lo deciden usted o su abogado.
Preguntas
Mi copia digital de la Registraduría no tiene apartado de notas. ¿La pueden traducir?
Sí. Traducimos lo que muestra la copia, con su código QR y su fecha de expedición. Tenga en cuenta que, según el Departamento de Estado, las copias digitales no traen las notas y un consulado puede pedir de todos modos una copia certificada del folio.
¿Traducen la apostilla?
Sí. La Cancillería de Colombia expide la apostilla en línea, y la traducimos en el mismo pedido que el registro civil al que pertenece.
¿Cuánto cuesta?
Un registro civil suele ocupar una página: $25. Cada página adicional en el mismo pedido cuesta $20, así que un registro civil, su apostilla y el registro civil de uno de los padres cuestan $65.
¿Hay que notarizar la traducción?
Ni USCIS, ni el tribunal de inmigración, ni NVC lo piden: piden la certificación firmada del traductor, y está incluida.
¿Cuánto tarda?
De 1 a 4 documentos: en 24 horas después del pago; más rápido, en 12 horas (+$15 por página) o en 3 horas (+$30 por página, si paga entre las 8:00 y las 18:00, hora del Pacífico). Para 5 o más, le damos la fecha junto con el precio.
Cómo lo hacemos
- Traducción completa
cada sello, firma y línea escrita a mano
- Certificado firmado
con el nombre, la dirección y el teléfono del traductor
- Un PDF listo para presentar
original, traducción y certificado, con las páginas de la traducción numeradas
- Precio
$25 la primera página de hasta 250 palabras, $20 cada página adicional, del mismo documento o de otro.
- Plazo
De 1 a 4 documentos: en 24 horas después del pago; más rápido, en 12 horas (+$15 por página) o en 3 horas (+$30 por página, si paga entre las 8:00 y las 18:00, hora del Pacífico). Para 5 o más, le damos la fecha junto con el precio.
Esto es un resumen de lo que publica la oficina, no asesoría legal.